Puentes Quincenal • Volumen 2 • Número 12 • 21 de junio de 2005
Arroz: EE.UU. gana panel a México por medidas "antidumping"
El 06 de junio pasado, el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC hizo público el fallo del Grupo Especial (GE) sobre las medidas "antidumping" definitivas sobre el arroz blanco grano largo, impuestas por México a las exportaciones de los EE.UU. El mismo concluye que México actuó de manera incompatible con las disposiciones del Acuerdo Antidumping y el Acuerdo de Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC, en detrimento de las ventajas resultantes de esos Acuerdos para los Estados Unidos. Adicionalmente, el GE recomienda al OSD que le pida a México poner las medidas "antidumping" en regla con los Acuerdos de la OMC.
El GE consideró, entre otras cosas, que México realizó su análisis en base a información desactualizada, ya que "basó su determinación de la existencia de daño en un período de investigación que había concluido más de 15 meses antes de la iniciación de la investigación". Consideró además, que México no examinó correctamente la mitad de la información que recolectó sobre este tema, dado que incluyó exportaciones que no fueron sujeto de "dumping" en su evaluación del volumen. Adicionalmente, el GE estimó que México aplicó medidas "antidumping" a exportadores estadounidenses que no realizaban estas prácticas. Tales determinaciones llevaron a la Secretaría de Economía de México, a percibir un derecho "antidumping" superior al margen de "dumping" efectivo. Finalmente, el GE encontró que seis provisiones de la Ley de Comercio Exterior de México son incompatibles con el Acuerdo Antidumping y el Acuerdo de Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC. Se trata de los artículos 53, 64, 68, 89D, 93V y 97 de dicha ley.
México es el principal destino para las exportaciones estadounidenses de arroz, seguido por Corea, Canadá y Japón. En el 2004, las exportaciones estadounidenses de arroz a México alcanzaron los US$ 163 millones, lo cual implicó un aumento de más del 100% respecto al año anterior.
De acuerdo con las reglas de la OMC ambas partes tendrán oportunidad de apelar el fallo del OSD ante el Órgano de Apelación.
Antecedentes
Tras la imposición de medidas "antidumping" por parte de México a las exportaciones estadounidenses de arroz en junio de 2002, EE.UU. solicitó consultas en la OMC en junio de 2003. Asimismo, en diciembre de 2002, México realizó una serie de modificaciones a su legislación atinente a derechos compensatorios y medidas "antidumping".
Luego de celebrarse las consultas entre estos dos países, en julio y agosto de 2003 y sin llegar a acuerdo alguno, los Estados Unidos solicitaron el establecimiento de un Grupo Especial que resolviera la disputa en septiembre de 2003. Aproximadamente dos meses más tarde, el OSD estableció el GE encargado de ver el asunto. En febrero de 2005 el Director General de la OMC procedió a elegir a los miembros del GE: Crawford Falconer, Marta Calmon Lemme y Enie Neri de Ross.
Posteriormente, China, las Comunidades Europeas y Turquía se reservaron el derecho a participar en calidad de terceros. Luego de deliberaciones, el GE presentó su informe provisional a las partes en marzo de 2005 y el definitivo el 25 de mayo de 2005, dicho informe fue hecho público el pasado 06 de junio.
Reportaje ICTSD y CINPE, fuentes consultadas:
OMC (2005, 06 de junio). México - medidas antidumping definitivas sobre la carne de bovino y el arroz: Reclamación con respecto al arroz. Informe del Grupo Especial. Consultado el 16 de junio de 2005, disponible en el sitio en Internet de la OMC http://www.wto.org/spanish/tratop_s/dispu_s/295r_a_s.pdf
USTR (2005, 07 de junio). United States Wins WTO Challenge Against Mexican Rice Duties. Consultado el 16 de junio de 2005, en http://www.ustr.gov/Document_Library/Press_Releases/2005/June/United_States_Wins_WTO_Challenge_Against_Mexican_Rice_Duties.html